“Utilidad pública” o despojo legalizado: el Tren Maya suma otra expropiación en Campeche

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Mientras el discurso oficial insiste en que todo avanza “por el bien del pueblo”, el Gobierno federal decretó una nueva expropiación de tierras ejidales en el municipio de Candelaria para el proyecto del Tren Maya, sumando así otro capítulo a la larga lista de terrenos que han cambiado de dueño en nombre del desarrollo.

El decreto, formalizado el 20 de febrero de 2026, afecta al ejido “Lic. Miguel Alemán” con una superficie total de 20.3637 hectáreas a favor de Tren Maya, S.A. de C.V.. La medida se añade a una expropiación previa aplicada en julio de 2025 dentro del mismo núcleo agrario, lo que confirma que el avance del megaproyecto continúa ampliando su huella territorial.

De las tierras afectadas, 11.2592 hectáreas corresponden a uso común y 9.1045 a parcelas individuales. Todas serán destinadas a infraestructura ferroviaria y operación del sistema. Inicialmente se había solicitado ocupar más de 30 hectáreas, pero los estudios técnicos —siempre oportunos cuando se trata de ajustar cifras en documentos oficiales— redujeron el impacto a poco más de 20 hectáreas, clasificadas como tierras de temporal y agostadero.

La indemnización quedó fijada en 10 millones 766 mil 703 pesos con 04 centavos, según avalúo oficial. El decreto establece que la ocupación definitiva solo procederá una vez realizado el pago a ejidatarios y titulares afectados, aunque el expediente revela que desde 2020 y 2021 ya existían convenios de ocupación previa. En otras palabras, las parcelas pudieron utilizarse años antes de que concluyera el procedimiento legal, una práctica que en el papel se llama “anticipada” y en el terreno suele sentirse simplemente como irreversible.

El documento también señala que se otorgó garantía de audiencia y que no hubo inconformidades dentro del plazo establecido, un detalle que suele aparecer en este tipo de resoluciones y que, según especialistas agrarios, no siempre refleja las condiciones reales de información, presión o capacidad de respuesta de las comunidades involucradas.

Asimismo, se establece que, si en un plazo de cinco años no se cumple la causa de utilidad pública o se da a las tierras un destino distinto, podría proceder la reversión conforme a la Ley Agraria. Un recurso legal que, en la práctica, rara vez devuelve a los ejidatarios lo que ya fue transformado por maquinaria pesada, terraplenes y vías férreas.

La nueva expropiación reaviva el debate sobre el impacto acumulado del proyecto en tierras ejidales del sureste mexicano, donde comunidades enteras han visto modificadas sus dinámicas productivas y territoriales en nombre de una obra presentada como motor de desarrollo regional.

Mientras el gobierno defiende que se trata de inversión histórica y progreso, críticos sostienen que el costo social y ambiental sigue sin medirse con la misma precisión que los kilómetros de vía construidos. Entre decretos, avalúos y promesas de prosperidad, la pregunta que queda en el aire es quién termina pagando realmente el precio del tren que —según la narrativa oficial— todos debían esperar con entusiasmo.

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