Esto te deben de pagar si trabajas el 21 de marzo

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De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el tercer lunes de este mes es un día de descanso obligatorio, debido a que se conmemora el 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez.

Pero si te toca trabajar en el puente, te tenemos otra buena noticia, ya que según el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, te pagarán el triple.

‘‘Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado’’, se explica en la ley.

Por ejemplo, si por una jornada laboral de ocho horas te pagan 500 pesos al día y trabajas el lunes 21 de marzo, deberán depositarte en la nómina mil 500.

Si trabajas en días festivos y no se ve reflejado en tu nómina, puedes ponerte en contacto con la Procuraduría Federal de la Defensa del trabajo, ya sea vía telefónica o por correo electrónico: 01800 911 7877 y 01 800 717 2942 y orientacionprofedet@stps.gob.mx.

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