Por coronavirus, Conagua autoriza dar abasto con agua concesionada

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La Comisión Nacional del Agua (Conagua) autorizó el uso de agua concesionada para el abastecimiento público y urbano, ante la emergencia sanitaria, ocasionada por la pandemia de coronavirus, informó la titular de la dependencia, Blanca Elena Cisneros.

En el Diario Oficial de la Federación, la funcionaria publicó el acuerdo que permite a los concesionarios de cuencas y acuíferos a proporcionar “de manera provisional” el uso total o parcial de las aguas concesionadas, así como sus prestadores de servicio de agua potable para el uso público y urbano.

“En cuencas y acuíferos en los que se requiera atender las necesidades de agua para consumo humano, generadas por el incremento de la demanda de agua potable de la población ante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, el titular de una concesión podrá proporcionar a los estados, Ciudad de México, municipios, Organismos Operadores o Comisiones Estatales de Agua, en forma provisional, el uso total o parcial de las aguas concesionadas” indica el documento.

El acuerdo especifica que los concesionarios que busquen atender el abastecimiento de aguas para el uso urbano o público tendrán que pedir autorización mediante un escrito a la Conagua, en el que especifiquen los medidores con los que se cuantificará el volumen de agua.

Así como la temporalidad en la que brindarán el servicio, siempre y cuando las condiciones de la emergencia sanitaria así lo permitan.

“El aviso a la Autoridad del Agua deberá sujetarse al establecimiento de los sistemas de medición, con los que se cuantificará el volumen que se proporcionará para el abasto de agua para consumo humano.

“Además de la temporalidad por la que se dispondrá del volumen de agua, con la fecha de inicio, limitado de conformidad con las condiciones que establezca la emergencia sanitaria”, mencionó.

El acuerdo exenta de participar a “los concesionarios que tengan volúmenes sobre los que se haya declarado la suspensión, extinción, caducidad o revocación, que se encuentren vencidos, o cuyo trámite de prórroga esté pendiente de resolver por parte de la Conagua”.

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